Fomento recuerda a las compañías aéreas que el certificado de empadronamiento a presentar es válido tanto en papel como en formato digital

05/09/2012

La Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento recuerda a las compañías aéreas que el certificado de empadronamiento que tienen que presentar desde el pasado 1 de septiembre los pasajeros residentes en Canarias, Illes Balears, Ceuta y Melilla que dispongan de billetes bonificados, "es válido tanto el obtenido en los ayuntamientos de forma presencial como el obtenido de forma electrónica a través de Internet. Por tanto, es posible presentarlo en formato electrónico (mediante smartphones, tablets, etc.), cuando haya sido emitido en dicho formato. Es decir, la presentación de un certificado digital emitido por el ayuntamiento es perfectamente válida”.

Asimismo, en una carta remitida a las aerolíneas el departamento dependiente del Ministerio de Fomento también recuerda que “las compañías no deben requerir la entrega del certificado de empadronamiento del ayuntamiento, sino su exhibición únicamente, quedando en poder del pasajero”.