El MARM evalúa favorablemente el almacén subterráneo de gas natural en Amposta

11/11/2009

Según la Declaración de Impacto Ambiental


  • La DIA establece que se deberá mantener un contacto regular con las cofradías de pescadores afectadas para acordar con ellas medidas adecuadas para minimizar el impacto que puedan sufrir.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM) ha formulado la Declaración de Impacto Ambiental favorable a la realización del proyecto “Almacén subterráneo gas natural Amposta (Permiso Castor)”. La DIA, que hoy se publica en el BOE, ha resuelto que siempre y cuando se realice en la alternativa elegida, y con las medidas y condiciones ambientales señaladas que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

La estructura Castor se encuentra a unos 1.700 m de profundidad en la zona occidental del mar Mediterráneo, a 21,6 km de la costa, frente a la localidad de Vinarós (Castellón), coincidente con el antiguo campo petrolífero de Amposta. Este almacén desempeñaría una función de regulación de los desequilibrios de la oferta y la demanda de gas natural del sistema gasista español, además de una función de reserva estratégica.

La alternativa seleccionada incluye: ubicación de la planta de operaciones en tierra, entre la autopista del Mediterráneo AP-7, la carretera autonómica CV-11 y el camino d’Alcanar de Canareus; alimentar los generadores y compresores con gas natural, evacuación de seguridad de las posibles emisiones de gas por venteo en la planta de operaciones en tierra y antorcha en la plataforma marina; y construcción de una plataforma marina para los pozos y otra de proceso unidas por una pasarela.

La DIA aprobada incluye las medidas necesarias para minimizar los impactos vinculados a las operaciones de tendido y zanjado del gasoducto y el cable de  fibra óptica en el mar, descarga de ripios de perforación, excavado, movimientos de tierras, nivelación del terreno y disposición del gasoducto y la fibra óptica en su tramo terrestre.

Asimismo, se establecen las condiciones para evitar los impactos a suelos, fondo marino, aguas continentales, agua marina, flora y fauna marina y litoral, espacios protegidos, atmósfera, paisaje, y medio socio económico etc.

Aunque no parece probable la afección de los ruidos y vibraciones a la fauna marina y litoral, se prevé realizar un mantenimiento preventivo con vistas a reducir dichos impactos.

En relación al medio socio-económico, la DIA establece que se deberá mantener un contacto regular con las cofradías de pescadores afectadas para acordar con ellas medidas adecuadas para minimizar el impacto que puedan sufrir. Asimismo, se señalizarán las zonas en las cuales se esté realizando el tendido de las conducciones y se comunicará a los pescadores el área en la que se ha realizado el vertido de ripio para que lo tengan en cuenta a la hora de realizar pesca de arrastre.

Se elaborará un informe de los resultados del programa de vigilancia ambiental (PVA), que evaluará la eficacia de las medidas correctoras utilizadas y las posibles desviaciones respecto de los impactos previstos en el estudio de impacto ambiental.