Reunión en la Delegación del Gobierno en Cataluña con los principales fabricantes y distribuidores de pirotecnia

reunion

06/04/2011

Con motivo de la entrada en vigor del nuevo reglamento


 

  • Se regula, de acuerdo con la nueva normativa, la venta y uso de petardos
  • Previa notificación, los artículos más sencillos se podrán vender en cualquier establecimiento. 


La Subdelegada del Gobierno en Barcelona, ​​Montserrat García Llovera, y el jefe del área de Industria de la Delegación del Gobierno en Cataluña, Lluís Terradas, se han reunido este mediodía con representantes de la Asociación de Fabricantes y Mayoristas de Pirotecnia de Cataluña (AFIMAC), así como con representantes de las principales empresas de distribución y venta de productos pirotécnicos, mayoristas y del sector minorista con el fin de coordinar la aplicación del nuevo Reglamento de Pirotecnia y Cartuchos publicado el año pasado y que, progresivamente , entrará en vigor.

En el transcurso de la reunión se han expuesto las nuevas condiciones exigibles para la venta de productos pirotécnicos, entre las que destacan la edad mínima, que será de 12 años, tanto para la compra como para el uso de los artificios más elementales (los de la clase 1). Los de clase 2, para mayores de 16 años y, los de la clase 3, para mayores de 18 años. La manipulación y uso del resto tipo de artículos pirotécnicos queda reservada a los profesionales del sector.

Se exigirá el marcado CE de los productos puestos a la venta aunque también se prevé en un período transitorio de cinco años expender al público artículos que estén catalogados según el anterior Reglamento de 1998.

Novedad para este año es que, por primera vez, se autoriza la venta de los artículos más elementales, los de la clase 1 en cualquier tipo de establecimiento siempre que se notifique a la Intervención de Armas de la Guardia Civil y no almacenen más de 5 kilogramos brutos de artificios de este tipo.

PROHIBIDA LA ALTERACIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS PETARDOS

Entre las disposiciones del nuevo Reglamento de Pirotecnia y Cartuchos que se encuentran ya en vigor, se destacaron aquellas que regulan las condiciones de uso, que siempre estarán de acuerdo con lo especificado por los fabricantes, la prohibición a los particulares de manipular los artificios de forma que se alteren sus características originales, el uso y venta de cualquier tipo de artificio a menores de 12 años El transporte de cantidades superiores a 15 kilogramos debe hacerse de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Transporte de Mercancías Peligrosas vigente en la actualidad.

Finalmente, se confirmó a los asistentes que la autorización emitida por el delegado del Gobierno en Cataluña, servirá de base para el otorgamiento de la correspondiente licencia municipal para la venta.