La Directora General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del MARM insta al sector lácteo a avanzar en la constitución de las organizaciones de productores

jornada

11/04/2011

En la reunión con productores e industria celebrada en Vic


  • Margarita Arboix ha subrayado que el Real Decreto de contratación en el sector lácteo contiene todos los elementos que eran demandados por el sector como contratos obligatorios o negociación colectiva de precios por las Organizaciones de productores.
  • La norma , recientemente aprobada establece, además, las condiciones para el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y el refuerzo del papel de la organización interprofesional en el sector.

La Directora General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del MARM, Margarita Arboix, se ha reunido hoy en Vic (Barcelona) con representantes del sector lácteo en Cataluña para tratar sobre los principales aspectos del Real Decreto, recientemente publicado, que establece las condiciones de contratación en el sector lácteo.

En este marco la Directora General ha insistido en que la norma aprobada contiene todos los elementos que eran demandados por el sector como contratos obligatorios, negociación colectiva de precios por las Organizaciones de productores y capacidades ampliadas para la Interprofesional, con la única salvedad de que algunos elementos entrarán en vigor en unos meses.

“No obstante - ha añadido Margarita Arboix- el sector debe avanzar en la constitución y registro de las organizaciones de productores, lo que puede hacerse desde este mismo momento, ya que sin que estas Organizaciones estén en funcionamiento, no será posible obtener mejores condiciones en los contratos lácteos para los ganaderos”. En este sentido la Directora General ha animado a los ganaderos a asumir su responsbilidad y hacer uso de las nuevas herramientas que esta normativa pone a su disposición.

El Real Decreto establece la obligatoriedad, a partir de que se publique el Reglamento comunitario, de que todas las transacciones de leche realizadas en el país se lleven a cabo mediante la realización de un contrato celebrado por escrito y suscrito por adelantado, que contenga una serie de elementos mínimos como son el precio, el volumen contratado y la duración del mismo.

Se establecen también las condiciones para el reconocimiento de las organizaciones de productores en el sector, a quienes se les concede una excepción de la normativa de competencia según la cual podrán negociar de manera colectiva las condiciones de los contratos de sus miembros, dentro de unos límites fijados en la norma.

Además el Real Decreto refuerza el papel de la Interprofesional Láctea (INLAC), mediante la definición de una relación de sus funciones, entre las que cabe destacar el mejorar el conocimiento y la transparencia de los mercados, a través de la publicación de datos estadísticos, y proporcionar análisis de la evolución futura de los mercados., así como  acciones de promoción en el sector lácteo o la elaboración de modelos
de contratos de acuerdo a la legislación vigente.

La aplicación del Real Decreto permitirá ir avanzando en la vertebración
del sector lácteo hasta la plena entrada en vigor del Reglamento comunitario que modificará en los citados aspectos el Reglamento (CE) del Consejo.

En relación al estado de tramitación de la norma comunitaria la Directora General de Recursos Agrícolas y Ganaderos ha explicado el posible calendario previsto por las autoridades comunitarias, según el cuál el reglamento podría aprobarse en el mes de junio.

Con el objetivo de informar a los interesados sobre el estado de tramitación del citado reglamento, se ha dispuesto un apartado en la siguiente dirección web del MARM :
http://www.marm.es/app/vocwai/ListadoDocumentosDinamico.aspx?tg=TipoDinamico&tipo=5&sec=SVL