El Gobierno aprueba las modalidades de aplicación del régimen de ayuda a la
leche escolar

23/04/2010

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que establece las modalidades de aplicación de la ayuda para el suministro de leche y productos lácteos, a los alumnos de centros escolares.

Con este nuevo marco, consecuencia de la nueva normativa comunitaria aprobada recientemente, y que deroga el Real Decreto vigente desde 2002, se desarrollan y se simplifican ciertos aspectos de gestión del régimen, entre otros, los relacionados con los solicitantes y su proceso de autorización, las condiciones de pago y las medidas para garantizar que el importe de la ayudas repercuta correctamente en el precio pagado por los alumnos.

Asimismo, esta regulación responde a los objetivos de Equilibrio de Mercado y Optimización de las medidas de la OCM, dentro de la “Estrategia para el sector lácteo español: Horizonte 2015”, puesta en marcha hace unos meses por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
De este modo, gracias a las acciones impulsadas por este Departamento, se ha logrado que la gama de productos subvencionables fuera ampliada en el último trimestre de 2009, incluyendo por ejemplo, la leche con fruta y los yogures de sabores aromatizados.

Los destinatarios de esta ayuda comunitaria con cargo al FEADER, son los alumnos que asisten regularmente a los centros escolares pertenecientes a las siguientes categorías: guarderías u otros centros de educación infantil, educación primaria y educación secundaria, administrados o reconocidos por la autoridad competente.

No obstante, la ayuda podrá ser solicitada por el centro escolar, una autoridad educativa, una organización que actúe en nombre de uno o más centros escolares o autoridades educativas, o por el propio proveedor de los productos.

Los productos subvencionables se enmarcan bajo cuatro categorías que incluyen desde leche tratada térmicamente, hasta una serie de productos lácteos fermentados o quesos, siempre bajo uno contenido mínimo de leche y un máximo de otros ingredientes determinados.

La gestión de esta ayuda corre a cargo de las autoridades competentes de comunidades autónomas, estando los importes máximos fijados en la norma comunitaria de tal modo que se sitúan en 18,15 €/100 Kg. para los productos de la primera categoría (leche tratada térmicamente, yogures con 90 % de leche, leche con zumo o chocolate con 90 % de leche) ponderándose este nivel de ayuda para el resto de productos lácteos.

Gracias a este nuevo marco regulatorio, se simplificará la gestión del régimen en España optimizando su utilización en beneficio tanto de sector como del consumo de leche y productos lácteos por parte de los alumnos de los centros escolares.