Se mantienen los 15 días de
permiso por matrimonio para
los empleados públicos

08/05/2007

Ante los rumores extendidos por un sindicato


  • El Estatuto Básico del Empleado Público no reduce los beneficios actuales


    Los empleados públicos que contraigan matrimonio seguirán teniendo 15 días de vacaciones por ese motivo como hasta ahora. En contra de la versión difundida por un sindicato esta mañana, el Estatuto Básico del Empleado Público no modifica la situación actual en este asunto.

    La Disposición Final Cuarta, apartado 3, de dicha Ley recoge que “Hasta que se dicten las Leyes de Función Pública y las normas reglamentarias de desarrollo se mantendrán en vigor en cada Administración Pública las normas vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos en tanto no se opongan a lo establecido en este Estatuto”. Por ello, se mantendrá la situación actual en todas las Administraciones, sin ninguna reducción de los beneficios de los trabajadores.

    Por si hubiera alguna duda, el Ministerio hará públicas en los próximos días unas Instrucciones para la Aplicación del Estatuto en la Administración General del Estado, antes de su entrada en vigor el próximo día 13. Ese texto recoge en su apartado 7, sobre permisos y vacaciones, que “sigue siendo de aplicación la licencia de quince días naturales en caso de matrimonio, regulada en el artículo 71.1 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964”.

    Como todos los empleados públicos conocen, el Ministerio ha aprobado numerosas facilidades para conciliar vida familiar y personal en los últimos años que se incluyen y aumentan en este Estatuto y en otras medidas ya anunciadas.

    El Estatuto Básico del Empleado Público ha recibido el apoyo de casi todos los grupos parlamentarios y la totalidad de los sindicatos más representativos. Su elaboración ha durado más de dos años en los que ha sido consultado, negociado y consensuado con los agentes sociales, partidos políticos y numerosos colectivos.