Más de 35.000 autónomos extremeños cobran mañana la prestación extraordinaria por la crisis de la covid-19

La Tesorería General de la Seguridad Social ha devuelto la parte correspondiente de la cuota de marzo a más de un millón de autónomos beneficiarios

28/05/2020


●La Tesorería General de la Seguridad Social ha devuelto la parte correspondiente de la cuota de marzo a más de un millón de autónomos beneficiarios

●La medida implica la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal y una prestación equivalente al 70% de la base reguladora

● Se han destinado 2.500 millones de euros a sufragar esta prestación desde que se puso en marcha

● La hostelería, el comercio y la construcción concentran más de la mitad de las prestaciones concedidas


Un total 35.401 autónomos de Extremadura (21.154 de Badajoz y 14.247 de Cáceres) cobrarán mañana la prestación extraordinaria para autónomos impulsada para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19. Además, la Tesorería General de la Seguridad Social ya ha devuelto la parte correspondiente a la cuota de marzo de los autónomos beneficiarios.

En el conjunto de España son ya más de 1,4 millones de trabajadores autónomos los que percibirán mañana esta ayuda. El importe previsto para el pago de mañana es de unos 1.200 millones de euros, que sumados a los desembolsados los pasados 17 y 30 de abril, suponen alrededor de 2.500 millones de euros en prestaciones.

Esta medida fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma. Su cuantía es de, como mínimo, 661 euros mensuales (el equivalente al 70% de la base reguladora) y además conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal. Su objetivo es proteger la falta o merma considerable de ingresos de los autónomos y autónomas en la situación excepcional provocada por la COVID-19 y contribuir a la supervivencia de su negocio. 

A fecha 26 de mayo, hay 1.412.605 autónomos con esta prestación concedida, el 94,62% de los 1.492.768 trabajadores por cuenta propia que la han solicitado. Del total, el 2,13% está en trámite y únicamente el 3,24% restante han resultado denegados. En Extremadura, la ayuda la han solicitado 36.640 trabajadores autónomos, de los que ya se ha reconocido la prestación a 35.401, lo que representa el 96,6% de las solicitudes, 2 puntos más de la media nacional.

Beneficiarios

Los sectores con más beneficiarios de la prestación son Comercio (351.627), Hostelería (261.336), y Construcción (152.646). Entre estos tres sectores, superan la mitad de las solicitudes concedidas. Por otra parte, las comunidades autónomas con un mayor número de receptores son Andalucía (253.244), Cataluña (233.582), Madrid (179.425) y Comunidad Valenciana (160.636).

Estos datos son especialmente relevantes en Extremadura ya que la mayor parte de esta ayuda extraordinaria ha ido destinada a estos tres sectores fundamentales en la economía regional: el pequeño comercio, la hostelería y la construcción; lo que para la Delegación del Gobierno en Extremadura supone una ayuda fundamental para apoyar el tejido productivo de la región y un sustento para el inicio de la recuperación económica causada por la crisis de la covid-19.

Para acceder a esta prestación, el trabajador o trabajadora por cuenta propia debe estar inscrito en el régimen de la Seguridad Social correspondiente. El requisito es verse afectado por el cierre del negocio debido a la declaración del estado de alarma o haber sufrido una merma del 75% en la facturación del mes natural anterior a la fecha de la solicitud. En general, se tomará de referencia la media mensual del semestre anterior, salvo en algunos colectivos, como el régimen agrario, del mar –con actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, en los que el periodo de cálculo se adapta a sus peculiaridades.

Para acreditar la pérdida de ingresos, el solicitante debe aportar la información contable que lo justifique. Para ello podrá presentar desde la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, el libro diario de ingresos y gastos, el libro registro de ventas e ingresos, hasta el libro de compras y gastos. Si no está obligado a llevar esa documentación de contabilidad, valdrá cualquier medio de prueba admitido en derecho, como el taxímetro en el caso de los taxistas.

Para solicitar esta prestación, un trámite que se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, no se requiere periodo mínimo de cotización. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

La Tesorería General de la Seguridad Social ya ha devuelto la parte correspondiente de la cuota de marzo de 1.028.016 autónomos y autónomas a los que se les concedió la prestación después de haber pasado la orden de cobro. El importe de la devolución asciende a 169,06 millones de euros.