Los beneficiarios de pensiones no contributivas que vivan de alquiler recibirán del Gobierno de España un complemento anual de 357 euros.

30/10/2008

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las normas necesarias para el reconocimiento, tramitación y pago de un complemento anual para los ciudadanos que perciban una pensión no contributiva y que residan en una vivienda alquilada. Esta medida, que se adopta por segundo año consecutivo, está incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2008.
                         La cuantía del complemento por alquiler para el año 2008 ascenderá a 357 euros, que serán abonados íntegramente por el Gobierno de España. Con esta medida, iniciada en la pasada legislatura, el Ejecutivo abunda en los compromisos adquiridos por el presidente, José Luis Rodríguez Zapatero, que no son otros que favorecer a aquellos que más lo necesitan, dentro de los objetivos sociales que se marcó cuando llegó a la Moncloa.  
                           En Melilla, el número de personas que son beneficiarios de una pensión no contributiva por jubilación o invalidez asciende a 2.457. Durante el 2007 recibieron el complemento por alquiler 115 personas al reunir los requisitos que establece el Real Decreto de 24 de octubre de este año por el que se establecen las normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad “no contributiva”. En España hay unos 470.000 pensionistas no contributivos de jubilación o invalidez.
                         
                           Los requisitos para acceder a este complemento son los siguientes:
·       Tener reconocida una pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud.
·       Carecer de vivienda en propiedad.
·       Ser el arrendatario de la vivienda en la fecha de la solicitud.
·       No tener relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada.
·       Tener fijada su residencia habitual en la vivienda alquilada.
 
                           Las solicitudes para acceder a este complemento deberán presentarse en la Dirección Territorial del IMSERSO.