Carreteras secundarias y vías urbanas centrarán los controles de la nueva campaña especial de vigilancia de la velocidad

18/08/2017

  • Llevar una velocidad adecuada podría evitar prácticamente una cuarta parte de los muertos en accidentes de tráfico
  • En el 29 % de los casos de accidentes mortales en vías convencionales se apreció la velocidad como factor concurrente

Murcia, 18 de agosto de 2017. La Dirección General de Tráfico centrará en carreteras secundarias y vías urbanas fundamentalmente los controles programados en la nueva campaña especial de control de la velocidad que se desarrollará en la región de Murcia entre el 21 y el 27 de agosto próximos.

Durante esta semana, 200 agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil controlarán alrededor de 20.000 vehículos, con el uso de cuatro vehículos dotados de cinemómetro y tres cinemómetros Autovelox. A estos controles se sumarán los controlados en vías urbanas por las Policías Locales que se han adherido a la campaña.

La velocidad es un factor concurrente en los accidentes con víctimas, en los que llevar una velocidad adecuada podría evitar prácticamente una cuarta parte de los fallecidos. En vías convencionales, por ejemplo, en el 29% de accidentes mortales se apreció la velocidad como factor concurrente.

 La velocidad y los atropellos.

A partir de 80 Km/h es prácticamente imposible que un peatón se salve en un atropello, y a una velocidad de 30 Km/h, el riesgo de muerte del peatón se reduce al 10%.

La velocidad y la distancia de detención.

Por término medio, a 120 Km/h necesitamos para detenernos una distancia superior a un campo de fútbol, por lo que la DGT recomienda dejar dos segundos desde que el vehículo que le precede pase por una referencia.

La distancia de seguridad es la que, al circular, debe guardar con el vehículo que le precede para, ante cualquier incidencia, detener el vehículo sin peligro de alcanzar a nadie.

NORMATIVA APLICABLE.

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.

La Ley del Permiso por Puntos contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido. Desde su entrada en vigor, a nivel nacional, más de un 40% de las sanciones impuestas han sido por causa del exceso de velocidad.