El Tribunal obliga al Ayuntamiento de Bera a colocar la bandera de España en el exterior y en el interior del edificio municipal

17/01/2013

Es sentencia firme del TSJN y contra el fallo no cabe recurso


  • El Ayuntamiento de Bera ha sido condenado, de nuevo, al pago de las costas causadas por la apelación

 

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) condena en sentencia firme al Ayuntamiento navarro de Bera a “colocar la bandera de España en el exterior de la Casa Consistorial en los términos establecidos y ocupando un lugar preferente en el interior del edificio”.

Tras pasar por el Juzgado de lo Contencioso/Administrativo nº 2 de Pamplona el pasado mes de julio, que se saldó con una sentencia favorable hacia el recurso interpuesto por la abogacía del Estado y la condena al Ayuntamiento de Bera a la colocación de la bandera de España tanto en el interior como en el exterior del consistorio y al pago de costas, es ahora el Tribunal Superior de Justicia el que vuelve a dar la razón a la Delegación del Gobierno en Navarra.

El Ayuntamiento de Bera interpuso un recurso de apelación ante el TSJN y éste ha fallado a favor de la Administración del Estado, obligando al consistorio al cumplimento de la Ley 39/1981 de 28 de octubre, reguladora del uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas. Por ello, el consistorio navarro tiene por ley y en sentencia firme e inapelable, la obligación de colocar la bandera de España en el exterior y en el interior de la Casa Consistorial de Bera. Además, el Ayuntamiento ha sido condenado ha pagar las costas causadas por dicha apelación.

 

36 AYUNTAMIENTOS REQUERIDOS

La Delegación del Gobierno en Navarra ha realizado un total de treinta y seis requerimientos a distintos ayuntamientos de la Comunidad foral para que, tal y como dicta la ley, hagan ondear la bandera de España en sus fachadas.

Los ayuntamientos requeridos y que todavía se encuentran dentro de plazo para poder cumplir, o bien están en periodo de comprobación son quince: Aibar, Belascoáin, Bidaurreta, Cendea de Olza, Ciriza, Echarri, Etxauri, Ituren, Lekumberri, Orcoyen, Santesteban, Villatuerta, Yanci, Zabalza y Zubieta.

Por otro lado, los organismos municipales que han decidido cumplir la ley y hacer ondear la bandera española en sus fachadas son siete: Berrioplano, Berriozar, Galar, Irurtzun, Obanos, Villava y Ziordia.

Por su parte, los consistorios que no han cumplido con el requerimiento de la Delegación del Gobierno en el plazo de un mes desde su notificación y ante los que se ha interpuesto un recurso Contencioso-Administrativo, son doce: Alsasua, Arbizu, Areso, Baztán, Etxarri – Aranatz, Goizueta, Huarte-Arakil, Irañeta, Lakunza, Leitza, Olazagutía y Olóriza.

Por último, Lesaka, al igual que sucedió con Bera, ha recurrido ante el TSJN la sentencia favorable del Juzgado de lo Contencioso–Administrativo que estimó el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado, estando pendiente de resolución.