El Tribunal falla a favor de la Delegación del Gobierno para que el Ayuntamiento de Lesaka coloque la bandera de España en el exterior y en el interior del edificio municipal

06/03/2013

Es sentencia firme del TSJN y contra el fallo no cabe recurso


  • El Ayuntamiento de Lesaka, tal y como sucediera con el Ayuntamiento de Bera, deberá pagar las costas causadas por la apelación

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha fallado a favor de la Delegación del Gobierno en Navarra, en sentencia firme, para que el Ayuntamiento navarro de Lesaka cumpla la ley y coloque “la bandera de España en la fachada de la Casa Consistorial en los términos establecidos y ocupando un lugar preferente en el interior del edificio”.

Tras pasar por el Juzgado de lo Contencioso/Administrativo nº 3 de Pamplona el pasado mes de septiembre, que se saldó con una sentencia favorable hacia el recurso interpuesto por la abogacía del Estado y la obligación del Ayuntamiento de Lesaka de colocar la bandera de España tanto en el interior como en el exterior del consistorio y al pago de costas, es ahora el Tribunal Superior de Justicia de Navarra el que vuelve a dar la razón a los requerimientos realizados por la Delegación del Gobierno.

El Ayuntamiento de Lesaka interpuso un recurso en el TSJN y este ha fallado a favor de la Administración del Estado, obligando al Consistorio al cumplimento de la Ley 39/1981 de 28 de octubre, reguladora del uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas.

El consistorio apeló al “ejercicio de derecho de objeción de conciencia” para evitar cumplir el recurso interpuesto por la Delegación del Gobierno en Navarra pero, tal y como afirma la sentencia del TSJN, “la objeción de conciencia obedece a una finalidad de salvaguardia individual de las propias convicciones, por lo que no implica una acción colectiva, como Corporación, no puede aducir el derecho de la objeción de conciencia”.

Así pues, el consistorio navarro tiene por ley y en sentencia firme e inapelable, que colocar la bandera de España en el exterior y en el interior de la Casa Consistorial. Además, el Ayuntamiento ha sido condenado ha pagar las costas causadas con dicha Apelación.

 

39 AYUNTAMIENTOS REQUERIDOS

La Delegación del Gobierno en Navarra ha realizado un total de treinta y nueve requerimientos a distintos ayuntamientos de la Comunidad foral para que, tal y como dicta la ley, hagan ondear la bandera de España en sus fachadas.

Los ayuntamientos requeridos y que todavía se encuentran dentro de plazo para poder cumplir con el requerimiento, o bien están en el periodo de comprobación son nueve: Aibar, Anue, Echalar, Ituren, Lanz, Odieta, Santesteban, Yanci, Zubieta.

Por otro lado, los organismos municipales que han decidido cumplir la ley y hacer ondear la bandera española en sus fachadas son quince: Berrioplano, Berriozar, Ciriza, Echauri, Galar, Irañeta, Irurtzun, Lecumberri, Obanos, Olóriz, Orcoyen, Villatuerta, Villava, Ulzama y Ziordia.

Por su parte, los consistorios que no han cumplido con el requerimiento de la Delegación del Gobierno en el plazo de un mes desde su notificación y ante los que se ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo son trece: Alsasua, Arbizu, Areso, Baztán, Belascoain, Cendea de Olza, Etxarri – Aranatz, Goizueta, Huarte-Araquil, Lakunza, Leitza, Olazagutía y Zabalza.

Por último, el TSJN ha fallado a favor de la Delegación del Gobierno para que tanto Lesaka como Bera coloquen la bandera de España en los términos establecidos, tal y como constaba en el requerimiento enviado por la Delegación del Gobierno.