La Delegación del Gobierno en Navarra requiere al Ayuntamiento de Olazagutía la colocación del retrato de S.M. El Rey en lugar preferente y la retirada de la fotografía de un miembro de ETA

15/05/2013

  • La Guardia Civil pondrá además en conocimiento de la Fiscalía de la Audiencia Nacional la existencia, en un lugar privilegiado del salón de plenos de la citada entidad, del retrato del miembro de ETA Ángel Gurmindo, por considerar que pudiera constituir un delito de apología del terrorismo
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La Delegación del Gobierno en Navarra ha enviado hoy un requerimiento al Ayuntamiento de Olazagutía instándole, en el plazo de un mes, a colocar el retrato de S. M. El Rey en un lugar preferente del salón de sesiones de su Casa Consistorial.

La Delegación del Gobierno en Navarra recuerda a los responsables municipales el incumplimiento del artículo 85 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que dispone en el punto número 2 que “En lugar preferente del salón de sesiones estará colocada la efigie de S.M. El Rey”.

Por incurrir en un incumplimiento del citado artículo y en base a las competencias de la Delegación del Gobierno, ésta da un plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación del requerimiento al ayuntamiento para que dé cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto y exhiba en lugar preferente en sus salón de sesiones la imagen de Su Majestad el Rey don Juan Carlos.

Retrato de un miembro de ETA en el salón de sesiones

Además, la Guardia Civil pondrá en conocimiento de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, por si pudiera constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo, el hecho de que los responsables del Ayuntamiento de Olazagutía hayan colocado en el salón de Plenos de la Casa Consistorial, en un lugar preferente, la fotografía del miembro de la banda terrorista ETA Ángel Gurmindo Lizarraga, alias “Stein”.

En este sentido, la Delegación del Gobierno también ha requerido al Ayuntamiento de Olazagutía la retirada del citado retrato del miembro de ETA porque considera que éste hecho podría constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Por otro lado, la Delegación del Gobierno cuenta con una sentencia favorable del Juzgado contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que estimó el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado para que el Ayuntamiento de Olazagutía coloque la bandera española en su fachada y en su interior, tal y como exige la Ley.