El Consejo de Ministros estudia el Informe sobre el Anteproyecto de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

16/06/2006

El pasado martes Gobierno y sindicatos firmaron un acuerdo sobre este texto


  • Establece la evaluación objetiva del desempeño de los empleados públicos, incentivando su motivación premiando el esfuerzo y los resultados.
  • Introduce mejoras en el desarrollo de la carrera profesional, en las retribuciones, moderniza los procesos de selección y establece medidas contra la temporalidad.
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Administraciones Públicas sobre el Anteproyecto de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto que se había firmado el pasado martes, día 14 de junio, en el Palacio de La Moncloa, en un acto presidido por el Presidente del Gobierno y en el que participaron el Ministro de Administraciones Públicas y representantes de los sindicatos UGT, CCOO y CSI-CSIF. Diez puntos más destacables. A modo de resumen, se pueden destacar los diez puntos más relevantes del anteproyecto de Ley, norma que se aplicará a los 2,5 millones de trabajadores de la Administración General del Estado, de todas las Comunidades Autónomas y de todas las Entidades Locales: 1.- Crea un modelo homogéneo de función pública, un marco básico para todos los empleados públicos en la totalidad del país, al tiempo que respeta las competencias de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos para mejorar los servicios públicos que prestan a los ciudadanos. 2.- El Estatuto profundiza en el diálogo social, añadiendo la posibilidad de constitución de una Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, como órgano de relación permanente entre el sector público. 3.- Las retribuciones básicas serán iguales para todas las Administraciones Públicas, mientras que las complementarias serán fijadas por cada Administración, con lo que se logrará una estructura retributiva más acorde y adecuada a la realidad actual. Los factores que compondrán las retribuciones complementarias serán la especial dificultad técnica, la progresión alcanzada en la carrera, el grado de interés, de iniciativa o de esfuerzo. 4.- La reducción de la temporalidad es un objetivo esencial del nuevo marco laboral de las Administraciones para fomentar el empleo estable y de calidad. 5.- Garantiza los principios de igualdad, mérito y capacidad y publicidad en el acceso al empleo público. 6.- El Estatuto busca la profesionalización de la función pública. Para ello articula distintos modelos de carrera y de promoción, horizontal y vertical, además de fomentar la movilidad entre administraciones. 7.- La evaluación del rendimiento será un factor decisivo en la carrera profesional a través de sistemas objetivos y transparentes, pactados con las organizaciones sindicales. Se incentiva a los empleados públicos que logren buenos resultados y se esfuercen. Su continuidad en los puestos dependerá, asimismo, de su rendimiento, desapareciendo la presunción de haber obtenido “un puesto para toda la vida”. 8.- Se modernizan las normas de acceso y los procesos de selección, apostando por la profesionalización de los órganos de selección anteponiendo, en su elección, los criterios técnicos a la adscripción política o sindical. Por último, la formación (derecho y un deber de los empleados públicos) se adaptará permanentemente a los cambios del entorno económico, social y tecnológico. 9.- Un Código de Conducta regulará los derechos y deberes de los empleados públicos. Será de obligada aplicación independientemente de la Administración para la que se trabaje. 10.- El Anteproyecto recoge, por último, cuestiones que forman parte de la realidad social actual, como son el impulso a la igualdad de trato entre hombres y mujeres, la lucha contra la violencia de género así como la tolerancia cero con cualquier tipo de discriminación o la protección ante situaciones especiales.