El Gobierno aprueba integrar en la Administración del Estado los bienes y medios traspasados a Andalucía para la gestión del Guadalquivir

21/10/2011

Consejo de Ministros


El acuerdo da cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía andaluz


El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy un Real Decreto por el que se integran en la Administración del Estado los medios personales y materiales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía el 17 de octubre de 2008. Con esta decisión se da cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado mes de marzo, que estimó el recurso de inconstitucionalidad presentado contra el Estatuto de Autonomía andaluz, que atribuyó a la comunidad las competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio.

El real decreto aprobado hoy se dicta a propuesta de los ministros de Política Territorial y Administración Pública; Economía y Hacienda; y Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

En concreto:

1. Se integran en la Administración del Estado el personal funcionario y laboral, así como los puestos de trabajo vacantes traspasados en 2008, que quedarán adscritos a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. En total son 848 puestos de trabajo.

2. También se integran los bienes inmuebles e instalaciones, la maquinaria y vehículos y otro material, así como las centrales hidroeléctricas y líneas de alta tensión.

3. La Administración General del Estado y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se subrogan en la posición de la Comunidad Autónoma en los contratos en curso de ejecución, asumiendo la totalidad de los derechos y de las obligaciones a partir del día de la entrada en vigor de este real decreto. La Comunidad Autónoma de Andalucía continuará siendo responsable de los derechos y de las obligaciones, al igual que del pago de las deudas generadas por tales contratos, con anterioridad a dicha fecha de entrada en vigor.

4. Por último, corresponderá a la Comunidad Autónoma de Andalucía la recaudación de los derechos liquidados a la fecha de entrada en vigor de este real decreto, derivados de la gestión de los servicios prestados por la comunidad, así como el pago de las obligaciones derivadas de dicha gestión.