La Guardia Civil realizó más de 43.000 inspecciones en la campaña de control del uso del cinturón de seguridad de la DGT

19/09/2011

La Guardia Civil de Tráfico realizó durante la semana pasada 43.821 controles de uso del cinturón y sistemas de retención infantil en las carreteras de Castilla y León, en el marco de la campaña puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico para controlar el uso de este elemento de sujeción, uno de los factores determinantes en la accidentalidad en carretera.
El resultado de esos controles es que se han presentado 585 propuestas de denuncia, un 1,33 % del total de controles realizados.

A TENER EN CUENTA

En 2010 de las 157 personas que murieron en accidentes de tráfico en turismo, 23 (14,65%) no llevaba puesto el cinturón de seguridad.

Estudios basados en observaciones de campo entre usuarios de turismo y furgoneta sobre uso del cinturón de seguridad concluyen que el uso de dicho dispositivo es mayor entre los conductores y pasajeros de los asientos delanteros que entre los pasajeros de los asientos traseros (tanto en carretera como zona urbana), porcentajes que han ido incrementándose desde 2006, año en el que comienzan a realizarse dichos estudios. Asimismo, la utilización del cinturón está más generalizada en carretera que en zona urbana.

Entre los países que controlan regularmente el uso del cinturón Francia, Alemania, Suecia, Gran Bretaña y Holanda tienen las más altas tasas de uso con un 95% o más conductores o pasajeros en los asientos delanteros que se abrochan el cinturón. En Israel, Finlandia, Dinamarca, Noruega e Irlanda el 90% o más de estos ocupantes se ponen el cinturón. La República Checa, Eslovenia, Estonia, Austria, Suiza, España, Portugal y registran tasas entre el 80 y el 90%. En Polonia, Chipre, Bélgica, Eslovaquia, Hungría, Grecia e Italia las tasas son del 80% o más bajas.

NORMATIVA APLICABLE

El artículo 117 del Real Decreto 1428/2003, de 21 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, establece que la utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados por determinadas personas en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:

- Respecto de los asientos delanteros del vehículo:

Queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros.

- Respecto de los asientos traseros del vehículo:

  1. Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso.
  2. Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.

- Los niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un «airbag» frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma automática.

Durante los meses de julio y agosto de 2011, no ha habido ningún fallecido menor de 14 años, cinco menos que en el mismo periodo del año pasado.

LEY DE SEGURIDAD VIAL

Conforme al artículo 65.4 h) del RDL 339/1990 (modificado por la Ley 18/2009) son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas referidas a no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 200 euros (artículo 67) y llevaran aparejada la pérdida de 3 puntos.