La Delegación del Gobierno en Castilla y León informa del pago único de la prestación por desempleo como medida de fomento del autoempleo

La Delegación del Gobierno en Castilla y León informa del pago único de la prestación por desempleo como medida de fomento del autoempleo

28/02/2014

Bajo el lema ‘Emprender con crédito desde el desempleo’, por videoconferencia entre las nueve subdelegaciones del Gobierno, en el marco del programa ‘La Delegación Informa’

 
  • Esta modalidad de capitalización pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales o mercantiles 
  • Durante el año 2013, un total de 8.248 castellanos y leoneses, beneficiarios de la modalidad del pago único, han percibido capitalizada su prestación por desempleo
  • A la sesión del programa ‘La Delegación informa’ asistieron más de 120 personas distribuidas en las nueve subdelegaciones del Gobierno, que pertenecen a asociaciones empresariales, de autónomos, sindicatos, ventanillas únicas empresariales, puntos de asesoramiento a emprendedores, entidades locales, diputaciones, colegios profesionales de economistas, graduados sociales, gestores administrativos y oficinas sociolaborales, así como representantes de la Agencia de Desarrollo y Ecyl de la Junta de Castilla
  • El programa ‘La Delegación informa’ puesto en marcha por la Delegación del Gobierno en Castilla y León, a través de sus nueve Subdelegaciones, tiene como objetivo facilitar que emprendedores, pymes y autónomos de la Comunidad puedan beneficiarse de las medidas del Gobierno en materia de emprendimiento, empleo, exportación, competitividad, innovación y financiación
La Delegación del Gobierno en Castilla y León ha celebrado la quinta sesión –de quince previstas para informar a emprendedores, colectivos e instituciones sobre la normativa referente al emprendimiento y la creación de empleo- del  nuevo programa informativo La Delegación Informa, que, esta ocasión, bajo el epígrafe ‘Emprender con crédito desde el desempleo’, sirvió para exponer la modalidad de prestación por desempleo como medio de fomento del empleo en economía social y autónomo, conocida coloquialmente como ‘Pago único’ o ‘Capitalización’ de la prestación. 
A la sesión, celebrada por el sistema de videoconferencia, asistieron más de 120 personas distribuidas en las nueve subdelegaciones del Gobierno que pertenecen a asociaciones empresariales, de autónomos, sindicatos, ventanillas únicas empresariales, puntos de asesoramiento a emprendedores, entidades locales, diputaciones, colegios profesionales de economistas, graduados sociales, gestores administrativos y oficinas sociolaborales, así como representantes de la Agencia de Desarrollo y Ecyl de la Junta de Castilla y, y contó con la participación de Gema Otero Carbajal, del Servicio Público de Empleo Estatal de Valladolid.
Esta jornada, acerca de emprender desde la prestación por desempleo, llega tras la primera sesión del programa ‘La Delegación Informa’, que tuvo como tema ‘Incentivos de la Seguridad Social al autoempleo’; la segunda acerca de la simplificación administrativa para emprender ‘Emprende en 3’; la tercera acerca de las nuevas modalidades del contrato de trabajo; y la cuarta sobre la modalidad IVA de caja.
Emprender con crédito desde el desempleo: el pago único de la prestación como medida de fomento del empleo
El pago único es una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales o mercantiles en funcionamiento o de nueva creación.
Durante el año 2013, un total de 8.248 castellanos y leoneses, beneficiarios de la modalidad del pago único en sus diferentes posibilidades, han percibido capitalizada su prestación por desempleo.
Para poder acogerse a esta modalidad deben cumplirse los siguientes requisitos:
  • Ser perceptor de una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  • Tener, al menos, tres meses de prestación pendientes de percibir.
  • No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud.
  • Que la actividad profesional que va a desarrollar sea una de las siguientes:
    • Actividad como trabajador autónomo.
    • Constitución o incorporación a una:
      • Cooperativa
      • Sociedad laboral
      • Sociedad mercantil
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.
 
Según la actividad que vayan a realizar pueden solicitar alguna de las siguientes modalidades de ayuda:
A) Como trabajador autónomo:
  1. Puede obtener en un solo pago la cantidad que justifique como inversión necesaria para iniciar la actividad, con el límite máximo del 60% del importe total pendiente de percibir, elevándose al 100% para hombre menores de 30 años y mujeres menores de 35, en la fecha de la solicitud.

    Los trabajadores que acrediten estar afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrán percibir el valor actual del importe de la prestación contributiva.

    Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de Seguridad Social (SS) durante el desarrollo de su actividad.
  2. Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como inversión.
  3. Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas mensuales a la SS.
B) Como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una cooperativa existente o de nueva creación:
  1. Puede solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que tenga que desembolsar como aportación obligatoria y en su caso, voluntaria y cuota de ingreso para adquirir la condición de cooperativista, sin que se puedan financiar desembolsos futuros o pagos aplazados.

    Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de SS, durante el desarrollo de su actividad.
  2. Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como aportación obligatoria y en su caso voluntaria y cuota de ingreso a la cooperativa.
  3. Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas mensuales de la SS.
C) Como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en una sociedad laboral existente o de nueva creación:
  1. Puede solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que tenga que desembolsar para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa, sin que se puedan financiar ampliaciones de capital, desembolsos futuros o pagos aplazados.

    Si no obtiene el total de la cuantía de su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de SS durante el desarrollo de su actividad.
  2. Puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como desembolso para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa.
  3. Puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir por la subvención de cuotas mensuales de la SS.
D) Como socio trabajador en una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo de 12 meses anteriores a la aportación. Puede obtener el 100% de la aportación al capital social, siempre que desarrollo una actividad profesional o laboral de carácter indefinido e independientemente del Régimen de la Seguridad Social en el que esté encuadrado, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
  1. Ser menor de 30 años.
  2. Que la actividad se mantenga un mínimo de 18 meses, en el caso de realizar una actividad por cuenta ajena.
  3. Que no exista vínculo contractual previo con dichas sociedades, ni que haya suscrito con la misma sociedad como cliente un contrato registrado en el SEPE.

    Si no hubiera percibido la totalidad de la prestación en un pago único, podrá también solicitar el importe restante para subvencionar su cotización mensual a la SS.
El programa ‘La Delegación Informa’
El programa ‘La Delegación informa’ puesto en marcha por la Delegación del Gobierno en Castilla y León, a través de sus nueve Subdelegaciones del Gobierno’, tiene como objetivo facilitar que emprendedores, pymes y autónomos de la Comunidad puedan beneficiarse de las medidas del Gobierno en materia de emprendimiento, empleo, exportación, competitividad, innovación y financiación.
Por tanto, el programa tiene como objetivos informar y explicar técnicamente (un centenar de técnicos por sesión)  de entidades y asociaciones las nuevas medidas legislativas del Gobierno en materia del emprendimiento, empleo, competitividad, innovación, exportación y financiación, para su aprovechamiento por parte de emprendedores, pymes y autónomos de Castilla y León. Se atiende así la solicitud formulada por asociaciones y otras entidades ante la Delegación del Gobierno en Castilla y León sobre la necesidad de recibir más información y aclaraciones sobre las medidas del Gobierno mencionadas antes.
Se trata de una vía complementaria a los canales habituales de información que disponen los organismos del Estado para informar.
La legislación aplicable, los programas, los planes o las estrategias objeto de información se referirán principalmente a los siguientes: la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (por ejemplo, IVA de caja, tarifa plana, Incentivos fiscales…); el la Ley 11/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. (bonificaciones y deducciones, incentivos fiscales...); la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven; el Plan integral de Comercio Minorista; la Ley de Unidad de Mercado; el Plan de políticas activas de Empleo; las Líneas de Ayudas, Incentivos y Crédito o las herramientas de financiación  (ICEX, ICO, CESCE, CERSA, ENISA).