Las ayudas al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Illes Balears pueden solicitarse desde hoy a través de la sede electrónica

08/04/2015

Toda la tramitación y la incorporación de documentos se realizará exclusivamente por vía electrónica / Plazo de solicitudes hasta el día 8 de mayo


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Delegación del Gobierno en Illes Balears, pone a disposición de los empresarios del archipiélago la aplicación informática que permite la tramitación de las subvenciones al transporte marítimo y aéreo de mercancías.

El objetivo de estas ayudas es establecer un sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Illes Balears, entre éstas y la Península, o el efectuado entre las islas y otros territorios de estados miembros de la Unión Europea y estados firmantes del acuerdo sobre el espacio económico europeo.

La Resolución que inicia el procedimiento se ha publicado hoy miércoles día 8 de abril en el Boletín Oficial del Estado y abre el período de recepción de solicitudes.

Este acuerdo ha estado impulsado por la delegada del Gobierno en Illes Balears, Mª Teresa Palmer, con la finalidad de evitar la época estival en la formulación de las solicitudes, facilitar su presentación por parte de los empresarios y tramitar con tiempo suficiente las operaciones de ejecución del presupuesto.

Tanto la presentación de las solicitudes, como toda la tramitación de las mismas, se realizará exclusivamente por vía electrónica, lo que permitirá mayor agilidad en la gestión y concesión de las ayudas.

Toda la información básica sobre cómo solicitar las ayudas se encuentra disponible en:

http://www.seap.minhap.gob.es/dms/ca/index/BALEARES_MANUAL_USUARIO.pdf

Asimismo, el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, PAG, con los dominios www.administracion.gob.es, ofrece a los ciudadanos y empresas también la información necesaria sobre los procedimientos y servicios de los distintos ministerios y contiene el acceso a la sede electrónica de los mismos.


Compensación al hecho insular

Estas subvenciones atienden al hecho insular para corregir o compensar un conjunto de desventajas que afectan, entre otros ámbitos, al transporte y las condiciones de abastecimiento de materias primas en la fabricación de los productos finales, así como la salida de los mismos de las islas.

El sistema de concesión de estas compensaciones tiene en cuenta a ciertos sectores de atención preferente como la industria de la madera, peletería, calzado, cuero, marroquinería, confección, bisutería y joyería, productos artesanales, productos industriales transformados o artículos para nutrición humana.

Pueden ser beneficiarios de las ayudas los empresarios con establecimientos ubicados en las islas que transformen las mercancías, así como los distribuidores de los productos transformados y originarios del Archipiélago balear.

En la convocatoria del ejercicio de 2014 se beneficiaron de las ayudas un total de 299 empresarios.


SOLICITUDES Y PLAZOS DE LAS AYUDAS

El formulario y los documentos electrónicos necesarios para cumplimentar y presentar las solicitudes de ayudas están disponibles desde hoy en la sede electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

https://sede.administracionespublicas.gob.es.

El plazo de recepción de solicitudes es de un mes y finalizará el viernes día 8 de mayo de 2015.

* Teléfono de información: 971 989 429