La Ley de Costas pretende solucionar problemas históricos graves que afectan a los derechos de los ciudadanos

10/05/2013

En Balears hay 941 ocupaciones en el Dominio Público Marítimo-Terrestre


El Congreso de los Diputados aprobó ayer la Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de Modificación de la Ley de Costas, con la que se garantiza la protección ambiental y el desarrollo sostenible del litoral de España, atendiendo a la realidad de nuestras costas.

Después de casi 25 años de vigencia de la Ley de Costas de 1988 era necesario modificar parte de su articulado afrontando la problemática que ha generado su aplicación y adecuándola a la realidad social y económica. La reforma mantiene la mayor parte del texto legal de 1988 introduciendo modificaciones sólo en los aspectos que estaban necesitados de cambio. De esta forma, viene a solucionar los problemas concretos que la anterior ley provocaba y que la experiencia en su aplicación ha sacado a la luz.

La reforma de la Ley de Costas plantea tres objetivos claros y ambiciosos: mejorar la protección del litoral, incrementar la seguridad jurídica y conciliar la actividad económica con la sostenibilidad ambiental. Las medidas se enfocan con racionalidad, sentido común y realismo para asegurar que su aplicación será viable y efectiva.

Esta Ley tiene como primer objetivo la protección medioambiental de la costa, diferenciando entre los tramos urbanos y naturales de las playas, preservando las playas vírgenes al limitar en ellas tanto las ocupaciones como las actividades, y aumentando en todo caso su protección.

Esta reforma prohíbe nuevas edificaciones en el litoral, tanto en Dominio Público Marítimo Terrestre (ribera del mar y de las playas) como en su Zona adyacente de Servidumbre de Protección. También prohíbe cualquier incremento de lo ya edificado.
La Ley pretende solucionar problemas históricos graves que afectan directamente a los derechos de los ciudadanos: corrige la urbanización sin control y la degradación del litoral; permite a miles de antiguos propietarios seguir ocupando sus viviendas; y preserva la actividad de multitud de empresas y puestos de trabajo después de 2018, siempre y cuando cumplan las exigencias medioambientales.

Reformas de locales y viviendas en servidumbre de protección
(Que no impliquen aumento de altura, volumen ni superficie)

Illes Balears es la provincia con mayor número de instalaciones hoteleras afectadas por la Ley de Costas, más de un tercio del total del litoral. 330 hoteles tienen instalaciones en Zona de Servidumbre de Protección (ZSP), que se van a ver beneficiadas con esta nueva medida que recoge la modificación de la Ley de Costas.

La modernización y mejora de la imagen y la eficacia de numerosas construcciones en primera línea de playa afectadas por la servidumbre de protección supondrá un importante empuje al turismo, actividad esencial en esta provincia.
Además, también se beneficiarán las más de 6.700 viviendas que se encuentran en servidumbre de protección.

Deslindes

Con la reforma se evitarán las ambigüedades y las aplicaciones heterogéneas que se han producido. Por eso, la Ley obliga a que se establezcan criterios técnicos para determinar el alcance del Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) e incorpora definiciones de los principales componentes del DPMT como las dunas, que ha sido de gran importancia en el litoral balear. En definitiva: más objetividad, mejor defensa del DPMT y mayor seguridad jurídica.

¿La modificación sirve para legalizar lo ilegal?

No hay en la reforma ninguna amnistía general. Sí se solucionan problemas históricos concretos que deberían haberse afrontado hace tiempo. En relación con las viviendas que por sentencia judicial firme deban ser derribadas, la Administración General del Estado cumplirá con su obligación, y también apoyará a CCAA y ayuntamientos para encontrar soluciones a tales problemas.

Formentera

La modificación de la Ley de Costas establece un nuevo deslinde en la isla de Formentera atendiendo a sus especiales características geomorfológicas. Es un caso singular, que recibe por ello un tratamiento singular. Se modifica el deslinde, pero se garantiza una servidumbre de protección de 100 metros que prohíbe edificaciones residenciales.