Responsabilidad por Incumplimiento del Derecho de la UE

El Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, desarrolla un procedimiento general de determinación y repercusión de las responsabilidades derivadas de los incumplimientos del Derecho de la Unión Europea. La existencia de dicho procedimiento supone una gran novedad en el ordenamiento jurídico español, ya que hasta la fecha sólo existían regulaciones dispersas y de carácter sectorial en materias tales como la gestión de fondos, entre otras.

La disposición adicional tercera del citado Real Decreto determina que “el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, elevará anualmente al Consejo de Ministros un informe, que será público, sobre las comunicaciones recibidas de actos, sentencias, o decisiones de las instituciones europeas por las que se sancione al Reino de España por incumplimiento del Derecho de la Unión Europa, los procedimientos iniciados, los resueltos y el estado de ejecución de las resoluciones dictadas al amparo del presente Real Decreto”.

Así, el informe de 2014 es el primero de los informes elaborados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas según se dispone en la disposición adicional tercera del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.