¿Para quién es IMI?

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El sistema IMI esta destinado exclusivamente a las autoridades públicas de los Estados miembros y no es accesible a los ciudadanos ni empresas.

Los ciudadanos y empresas disponen de otros canales para obtener información y/o presentar sus quejas en relación con asuntos de escala europea (en la sección de enlaces podrá ver algunos de ellos).

Las autoridades públicas llamadas a participar en el sistema son todas aquellas que vengan obligadas a cooperar con sus homólogas en Europa como consecuencia de la legislación sobre mercado interior, y más concretamente, de aquellas normas, a menudo reglamentos y directivas, para las que esté aprobado el uso del sistema IMI (puede consultar la lista actualizada aquí).

Tanto autoridades estatales, como autonómicas y locales podrán participar en el sistema IMI. El nivel de agregación al que han de participar puede ser muy diverso, por ejemplo una dirección general, una subdirección, un servicio, etc. El objetivo es que participen aquellas unidades y personas que son realmente activas en la aplicación de la legislación. Son estas unidades y personas las que se encontrarán con mayor o menor cotidianeidad ante casos de carácter transfronterizo, desplazamiento, etc. que conllevarán la necesidad de contactar con las autoridades del estado 'de origen' de interesado (empresa o particular) para intercambiar consultas e información.

Tanto para el registro de nuevas autoridades, como para la posterior atención a sus necesidades, existe también un conjunto de coordinadores que les prestan su apoyo.