El Gobierno elimina la necesidad de presentar el volante de empadronamiento en sus trámites administrativos

28/04/2006

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, ha aprobado el Real Decreto por el que se suprime la exigencia de presentar el certificado de empadronamiento como documento que pruebe el domicilio y la residencia del interesado que solicite un procedimiento tramitado por la Administración general del Estado, así como por los organismos que dependen de ella. Cada año se producen en España unos tres millones de cambios de domicilio, que suponen aproximadamente la expedición por parte de los ciudadanos de unos 10 millones de certificados de empadronamiento para justificar la residencia en trámites con las distintas administraciones. De éstos, 3,5 millones los solicita la AGE. Los trámites de la AGE que tienen mayor demanda de presentación de volantes de empadronamiento son aquellos relacionados con la expedición tanto del DNI como del carné de conducir. Junto con esta decisión, el Gobierno también ha decidido eliminar la necesidad de presentar la fotocopia del DNI para realizar sus trámites con la AGE. Con ambas medidas los ciudadanos se ahorrarán siete millones de horas en el tiempo que dedican anualmente a realizar sus trámites con la AGE. A partir de ahora será el propio Departamento ante el que se solicita el trámite el encargado de comprobar, de oficio, los datos del domicilio del interesado. Esta consulta se realizará bien en sus propios archivos, bien, accediendo a la base de datos del Instituto Nacional de Estadística -tras obtener la autorización del interesado-. Ambas consultas se realizan con máximas garantías de seguridad y preservando la privacidad de los datos. El resultado de esta consulta tendrá el mismo valor probatorio que la aportación física del certificado de empadronamiento.