El Gobierno recurre ante el Tribunal Constitucional la Ley de la Comunidad Valenciana sobre el Cabanyal

09/04/2010

Consejo de Ministros


  • El Ejecutivo entiende que esta norma vulnera las competencias del Estado en materia de patrimonio histórico e infringe las exigencias de seguridad jurídica, proporción y colaboración recogidas en la Constitución Española
 
El Consejo de Ministros ha acordado hoy, a propuesta del vicepresidente tercero y ministro de Política Territorial, Manuel Chaves, solicitar al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 2/2010, de 31 de marzo, de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia, que sustituye y deroga un real decreto-ley ya recurrido por el Gobierno y que se refiere al barrio del Cabanyal.
 
El Ejecutivo ha decidido, con el informe favorable del Consejo de Estado, impugnar concretamente los artículos 1, 2 y 3, el apartado 2 de la disposición derogatoria y el segundo párrafo de la disposición final segunda de la nueva ley aprobada por el Gobierno autonómico, a fin de que se produzca la suspensión de la vigencia y aplicación de la norma recurrida.
 
Al igual que en el recurso anterior contra el decreto-ley, el fundamento de esta impugnación se basa en la vulneración de las competencias que ostenta el Estado en materia de patrimonio histórico, particularmente en lo relativo a su protección contra el expolio, y en la infracción de las exigencias de seguridad jurídica, proporción y colaboración, recogidas en el texto constitucional.
 
CONJUNTO HISTÓRICO
 
El barrio del Cabanyal tiene la consideración legal de Bien de Interés Cultural, con la categoría de conjunto histórico, declarado en 1993 por decreto del Gobierno valenciano. Posteriormente, el Plan Especial de Reforma Interior del Cabanyal-Canyameral (PEPRI) estableció la conexión de la Avenida de Blasco Ibáñez con el frente marino de la ciudad de Valencia, lo que suponía la demolición de edificaciones en la zona.
 
El Ministerio de Cultura consideró el pasado mes de diciembre que el proceso de urbanización que prevé el PEPRI no debería realizarse al entender que constituye un supuesto de expolio del Patrimonio Histórico Español y requirió la inmediata suspensión de todas las actuaciones relacionadas con él. 
 
La Generalitat Valenciana aprobó el Decreto-Ley 1/2010, que se justifica en la competencia que le atribuye su Estatuto de Autonomía en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone la Constitución al respecto.
 
El Gobierno presentó un recurso contra este Decreto-Ley, que fue admitido a trámite por el Tribunal Constitucional el pasado 18 de febrero y que supuso la suspensión de la vigencia y aplicación de esta norma impugnada. Aquel decreto se ha tramitado y aprobado posteriormente por las Cortes Valencianas como ley, que es el objeto de la presente impugnación y que pretende tener un efecto retroactivo, retrotrayendo su eficacia al momento de la aprobación del PEPRI. Los dos textos son prácticamente idénticos, salvo aspectos puntuales.