La Seguridad Social destinó en Cantabria 8,55 millones a permisos por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre

La Seguridad Social destinó en Cantabria 8,55 millones a permisos por nacimiento y cuidado de menor en el primer trimestre

29/04/2022

El Instituto Nacional de la Seguridad Social tramitó durante el primer trimestre de 2022  un total de 1.174 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en Cantabria. De ellas, 556 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 618, al segundo progenitor.

En el conjunto del país se tramitaron 123.076 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor por un importe total de 820,2 millones de euros.

La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad. Se cumple un año desde la equiparación completa de ambas.

En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos. 

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso. 

Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se ha reconocido en Madrid (22.257), Cataluña (21.716), Andalucía (21.647), y la Comunidad Valenciana (12.545).

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/y a través de https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimiento-cuidado-menor.html

También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo. 

EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE HIJO/A, MENOR ACOGIDO O FAMILIAR 

Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en Cantabria en el primer trimestre de 2022 fue de 62, de las que 56 correspondieron a mujeres y 6 a hombres. El número de excedencias ha descendido un 38,6 por ciento respecto al mismo periodo del año anterior. En el conjunto del país fueron 8.194 las excedencias dadas de alta.

Madrid (1.596), Cataluña (1.379), Comunidad Valenciana (947), Andalucía (856)  y País Vasco (633) son las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas.

En todas las comunidades autónomas se han registrado menos excedencias que el año pasado. Los principales descensos en el primer trimestre han sido en el País Vasco (-50,6%), Cantabria (-38,6%) y La Rioja (-37,8%).

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.