En mayo 47 conductores han pasado a disposición judicial en Castilla y León por conducir sin carné o habiéndolo perdido por agotar su crédito de puntos

05/06/2008

  • Este nuevo delito está castigado con penas de 6 meses de prisión, multa y trabajos en beneficio de la comunidad

Desde el pasado 1 de mayo, fecha en que entró en vigor la reforma del Código Penal en que se tipifica como delito conducir sin haber obtenido el necesario permiso o licencia de conducción, 47 conductores han sido detenidos, por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en Castilla y León, y puestos a disposición judicial por incurrir en este delito.

La reforma afecta al artículo 384 del Código Penal en que se especifica que  conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de  conducción pasa a tener la consideración de delito, que se castiga con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, aplicándose las mismas penas al conductor que haya sido privado del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente o por decisión judicial y siga conduciendo.

De los 47 conductores detectados en Castilla y León, 1 conducía sin carné al haber perdido su vigencia por agotar su crédito de puntos, 3 por tenerlo retirado cautelarmente, 2 por habérseles retirado definitivamente por decisión judicial y 41por conducir sin haberlo obtenido nunca.

DELITOS CONTRA  SEGURIDAD TRÁFICO (Código Penal art. 379 y siguientes)

DELITO
 
PENAS
VELOCIDAD
- EXCESOS 60 KM/H EN ZONA URBANA
- EXCESOS 80 KM/H EN CARRETERA
 
 
Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
 
ALCOHOL
-0.60 MLGR/L AIRE
-1,2 GR/L SANGRE
 
NEGATIVA A SOMETERSE
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
SIN CARNÉ
POR PERDIDA DEL TOTAL DE PUNTOS O POR NO HABERLO OBTENIDO NUNCA
Pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días.