Tráfico pone en marcha una campaña especial de control de alcoholemia en La Rioja.

Tráfico pone en marcha una campaña especial de control de alcoholemia en La Rioja.

11/07/2011

La Dirección General de Tráfico pone en marcha hoy una Campaña Especial de Control de Alcoholemia a los Conductores, que se desarrollará hasta el próximo día 17 de julio. Esta campaña dedicada a evitar el consumo de alcohol en la conducción es la decimotercera que se realiza desde el año 2005.
Durante la semana de duración de la Campaña, un centenar de agentes de la Guardia Civil realizarán unas tres mil pruebas de alcoholemia a conductores en nuestra región, en una treintena de puntos seleccionados en toda la red de carreteras en La Rioja. Los controles se efectuarán durante todas las horas del día, pero con especial intensidad en las horas nocturnas y en la madrugada.
Tráfico recuerda que conducir bajo los efectos del alcohol con tasas superiores a las permitidas está tipificado en la Ley de Seguridad Vial como infracción muy grave, al igual que la negativa a la realización de las pruebas de detección de alcohol. Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 500 euros.
En el Código Penal se tipifican los delitos contra la seguridad del tráfico: Alcohol y Drogas (artículo 379): El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o la multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negara a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con las penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Permiso por puntos: El sistema de permiso para conducir por puntos fija diferentes pérdidas por infracciones relacionadas con el consumo de alcohol. Para tasas de más de 0,50 miligramos por litro de aire expirado para conductores en general o más de 0,30 para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán seis puntos. Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 miligramos por litro, se restarán cuatro puntos. También se penaliza con la pérdida de seis puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia.
Efectos del alcohol en el conductor: Dichos efectos, en función de la cantidad ingerida, son los siguientes:
De 0,3 a 0,5 gramos por litro: provoca excitabilidad emocional, disminución de la agudeza mental y de la capacidad de juicio. El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 2.
 De 0,5 a 0,8: reacción general más lenta, alteraciones en los reflejos, comienzo de la perturbación motriz, euforia en el conductor, distensión y bienestar, tendencia a la inhibición emocional, comienzo de la impulsividad y agresividad al volante. El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 5.
 De 0,8 a 1,5: estado de embriaguez importante, reflejos muy perturbados, pérdida del control preciso de los movimientos, problemas serios de coordinación, dificultades de concentración de la vista, disminución notable de la vigilancia y percepción del riesgo. El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 9. FAC.