El Servicio Publico de Empleo Estatal amplia las ayudas por desempleo a 660 melillenses durante 6 meses a través del PRODI

El Servicio Publico de Empleo Estatal  amplia las ayudas por desempleo a  660 melillenses durante 6 meses a través del PRODI

19/02/2010

 

El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) ha ampliado en Melilla a 660 desempleados las ayudas de 426 euros que reconoce el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI) a aquellas personas que han dejado de cobrar el subsidio por desempleo.
      Esta medida se aplicará a todos aquellos desempleados que hayan agotado la prestación contributiva o subsidio por desempleo entre el 16 de febrero y el 15 de agosto de 2010, ambos inclusive.
      Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez.
 
       Una vez que se reconozca esta prestación asistencial, serán  más de 6.400 melillenses los que reciban ayudas económicas  a través del SPEE mediante el cobro del paro, el subsidio por desempleo y el PRODI o gracias, al empleo público institucional que da trabajo en la actualidad a algo más de 1.500 personas adscritas a los Planes de Empleo que subvenciona la Delegación del Gobierno o a los programas de formación que se imparten en la Escuela Taller y Talleres de Empleo. Una amplia tasa de cobertura con la que el Ejecutivo de España pretende paliar los efectos del paro en Melilla. 
 
 
Los requisitos para acceder a las ayudas de 426 euros que otorga el PRODI son los siguientes:
 
1. Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tener derecho al subsidio o haber agotado un subsidio por desempleo por su duración máxima, incluidas las prórrogas.
Para el colectivo al que se ha ampliado la medida, el agotamiento de la prestación o el subsidio deberá producirse entre el 16 de febrero y el 15 de agosto de 2010, ambos inclusive.
 
2. Suscribir el compromiso de actividad y comprometerse a realizar las distintas actuaciones que determine el Servicio Público de Empleo de su Comunidad Autónoma, en el itinerario activo de inserción laboral.
 
3. Carecer de rentas propias superiores al 75 % del SMI (474,98 euros en 2010).
En el caso de formar parte de una unidad familiar, únicamente se entenderá cumplido este requisito cuando la suma de las rentas de los integrantes de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75 % del SMI (474,98 euros en 2010).
 
4. Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo, en la Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal.
 
5. Ser menor de 65 años.
 
6. No percibir salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social, concedidas por las distintas Administraciones Públicas.
 
 
La solicitud se presentará por triplicado en el modelo oficial, debidamente cumplimentado y firmado, en la oficina del Servicio Público de Empleo en la que el trabajador figure inscrito como demandante de empleo, dentro de los 60 días hábiles siguientes al agotamiento de la prestación o subsidio por desempleo.
 
Cualquier solicitud presentada fuera del plazo indicado supone la denegación de la incorporación al Programa.
 
El modelo de solicitud puede obtenerse en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal, http://www.redtrabaj@es.
 
Para más información en el numero de atención telefonica 901 11 99 99.