El MEyFP refuerza la inclusión del alumnado melillense con necesidades especiales con tres nuevas aulas abiertas especializadas

El MEyFP refuerza la inclusión del alumnado melillense con necesidades especiales con tres nuevas aulas abiertas especializadas

29/08/2022

• Berbel: “Supone una apuesta por la inclusión, la atención a la diversidad y la integración del alumnado”

• Estas nuevas aulas se suman a las que ya existían en el ‘Anselmo Pardo Alcaide’ y ‘Virgen de la Victoria’

• Melilla, además, cuenta con cuatro aulas para atender al alumnado con trastorno del espectro autista


El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEyFP) ha reforzado la inclusión del alumnado melillense con necesidades educativas especiales ampliando en tres el número de Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado en centros de Educación Primaria y Secundaria.

Tal y como ha anunciado el Director Provincial del MEyFP, Juan Ángel Berbel, en este curso los centros que contarán con estas aulas serán el CEIP ‘Real’, el CC ‘La Salle-El Carmen’ y el IES ‘Juan Antonio Fernández’, uniéndose así a los centros que recibieron dicha autorización en el curso 2021/22, que fueron el CEIP ‘Anselmo Pardo Alcaide’ y el IES ‘Virgen de la Victoria’.

En palabras de Berbel esta medida supone “una apuesta por la inclusión, la atención a la diversidad y la integración del alumnado en centros educativos ordinarios”.

Y es que, aparte de las cinco aulas abiertas especializadas, también se cuenta con cuatro aulas para atender al alumnado con trastorno del espectro autista, ubicadas en el CEIP ‘Juan Caro’, CEIP ‘Pedro de Estopiñán’, CEIP ‘Reyes Católicos’ y CC ‘Enrique Soler’.

Según ha explicado Berbel, mediante la Resolución de 28 de julio de 2021, se autorizó y concretó por primera vez el funcionamiento de estas aulas en Melilla y Ceuta, concretamente en el CEIP ‘Anselmo Pardo Alcaide’ y el IES ‘Virgen de la Victoria’, en nuestra ciudad.

“Su fin era proporcionar una medida extraordinaria de atención a la diversidad para atender al alumnado con necesidades educativas especiales mediante su incorporación en los centros ordinarios, de manera transitoria o prolongada, al precisar de una intervención socioeducativa específica y diferente, favoreciendo su integración social con el resto del alumnado”, ha indicado.

En este sentido, el máximo responsable del MEyFP en nuestra ciudad ha dejado claro que la enseñanza dirigida al alumnado con necesidades educativas especiales requiere unos recursos y apoyos muy especializados, siendo necesario el trabajo de profesionales de diferentes ámbitos y el empleo de elementos metodológicos y didácticos muy específicos. “Las singulares dificultades que estos alumnos tienen para el aprendizaje, la comprensión del mundo, así como para la comunicación y las relaciones sociales, hacen necesaria la creación de espacios de trabajo altamente estructurados y la utilización de recursos específicos para la comunicación”, ha aseverado.

La incorporación progresiva de este alumnado en centros educativos ordinarios, distintos a los centros de educación especial, justifica la necesidad de la creación de tres nuevas aulas abiertas especializadas para el alumnado con necesidades educativas especiales, en el caso de Melilla, ha apostillado.

Berbel ha informado que el MEyFP se encarga de dotar el equipamiento y los recursos adicionales necesarios a los centros educativos con Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con necesidades educativas especiales con el presupuesto disponible para esta finalidad.

Atención educativa

El Director Provincial del MEyFP se ha referido a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, con el fin de garantizar la equidad del alumnado, que aborda en su título II los principios y actuaciones dirigidas a los grupos de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo y establece los recursos precisos para acometer esta tarea con el objetivo de lograr su plena inclusión e integración.

Así, en el artículo 71.2 de la citada Ley Orgánica, se dispone que corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.

Asimismo, el artículo 74.1 de la misma Ley Orgánica establece que la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.