La DGT pone en marcha una campaña especial sobre el control de la tasa de alcoholemia

10/12/2011

 

La Dirección General de Tráfico, a través de las Jefaturas Provinciales, pone en marcha esta campaña especial sobre el control de la tasa de alcoholemia, que se va a llevar a cabo entre los días 12 y 18 de diciembre de 2011.

- El Sector de Tráfico de la Guardia Civil de Murcia controlará en torno a los 5.000 conductores.

- Desde la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia se ha invitado a participar en esta campaña a los 45 municipios de la Región, estando a la espera de su adhesión a la misma a través de sus Policías Locales.

- Hasta el día de hoy se han sumado los siguientes municipios: Alhama de Murcia, Beniel, Caravaca de la Cruz, Cartagena, Mazarrón, Molina de Segura, San Javier y San Pedro del Pinatar.

- En los accidentes de tráfico ocurridos en la Región de Murcia durante el año 2010, el alcohol estuvo presente en un tercio de ellos como factor concurrente o desencadenante.

- Hay que incidir en que la única tasa segura al volante es 0,0 aunque reglamentariamente se permite una tasa de alcoholemia para conductores de vehículos y bicicletas de 0,25 mg/litro en aire espirado. Esta tasa se ve reducida a 0,15 mg/litro en el caso de conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías con una M.M.A. superior a 3.500 Kg., vehículos destinados al transporte de viajeros de más de 9 plazas, servicio público, transporte escolar y de menores, mercancías peligrosas, servicio de urgencia o transportes especiales. Los conductores noveles tampoco podrán rebasar la tasa de 0,15 mg/litro en aire espirado durante los dos años siguientes a la obtención del permiso de conducir.

 

 

CONDUCTORES
LÍMITE EN SANGRE
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO

GENERAL
0'5 gr./l
0'25 mg/l

PROFESIONALES
0'3 gr./l
0'15 mg/l

NOVELES
0'3 gr./l
0'15 mg/l

- El aumento del tiempo de reacción, problemas de coordinación, problemas de visión, atención y control, incremento de la somnolencia o la disminución notable de la percepción del riesgo son algunos de los efectos del alcohol en la conducción, que pueden multiplicar por 9 el riesgo de sufrir un accidente.

- El peatón como usuario más débil de la vía, necesita también estar en pleno uso de sus facultades físicas y mentales para no correr riesgos. La ingesta de alcohol también supone un peligro como usuario de la vía pública


NORMATIVA APLICABLE

LEY DE SEGURIDAD VIAL

En el artículo 65 de la Ley se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.

También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica.
Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 500 € y la retirada de puntos correspondiente, según la tasa.


PERMISO POR PUNTOS

El sistema de Permiso por Puntos fija las siguientes pérdidas de puntos por conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:

-Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos.

- Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.

- También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia.