El Gobierno aprueba la Ley de Agencias: Una nueva cultura de gestión de la Administración Pública

Jordi Sevilla

08/07/2005

  • Se crean nueve Agencias Estatales.
  • Los organismos públicos tendrán dos años para convertirse en Agencias, que serán la forma habitual de creación de nuevas organizaciones en la administración.
El Consejo de Ministros, a propuesta del titular de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, ha aprobado el proyecto de la Ley de Agencias para la Mejora de los Servicios Públicos, por el que se regula y se incorpora a la AGE una nueva fórmula organizativa general. Se trata de las Agencias Estatales, un compromiso del partido en el Gobierno en su programa electoral, y cuyo objetivo es una gestión pública más acorde con la dimensión actual de la Administración en el siglo XXI, y en línea con los países más avanzados en materia de función pública. Estos nuevos organismos estarán dotados de un mayor nivel de autonomía y flexibilidad respecto de las ofrecidas por la legislación vigente, al tiempo que refuerza los mecanismos de control de la eficacia, promoviendo la cultura de la responsabilidad por los resultados. La propuesta de este Gobierno para la futura Administración pasa por la diferenciación de dos niveles de competencias distintos en la organización de la gestión pública:
  •  La dirección, planificación, evaluación y control de las políticas del Gobierno y la coordinación y cooperación con las otras administraciones y la Unión Europea: la Administración Reguladora.
  • La prestación de servicios directamente a los ciudadanos: Administración de servicios.
Las rigideces de funcionamiento en los modelos de Organismos Públicos, Organismos Autónomos y Entidades Públicas Empresariales previstos en la LOFAGE y su escasa autonomía de gestión han llevado a que proliferen Organismos Públicos que se rigen fundamentalmente por sus estatutos, propios, fundamentalmente basados en el Derecho privado y con régimen de personal laboral. Así, de un total de 138 Organismos Públicos existentes en la actualidad hay 47 que tienen su propio y peculiar régimen regulador. Se hace preciso, pues, en el ámbito de la Administración General del Estado que existan Organismos Públicos Institucionales (no territoriales) con suficiente nivel de autonomía y de flexibilidad en la gestión. Con el proyecto de ley aprobado, se simplifica esta compleja estructura de forma que los organismos públicos tendrán 2 años para convertirse en agencias, y además, a partir de ahora, las agencias serán la forma habitual de creación de nuevas organizaciones en la administración. Estos son algunos de los rasgos básicos que presenta este nuevo modelo de gestión:
  • Gestión por objetivos, plasmados en un contrato de gestión que es el mecanismo donde se fijan los compromisos que adquiere la Agencia (y su equipo directivo) para prestar un servicio público, con unos indicadores de resultados y unos niveles de eficacia y de calidad determinados.
  • Mayor nivel de autonomía, como contrapartida de esa mayor responsabilización por resultados. Esta autonomía se manifestará fundamentalmente en su régimen de personal (hará su propia Oferta de Empleo, en los términos pactados en su contrato de gestión, dispondrá de personal directivo con un régimen propio, y una parte significativa de las retribuciones estará ligada a productividad por cumplimiento de objetivos), en su régimen presupuestario (tiene un presupuesto limitativo en su cuantía global y estimativo en su distribución interna, salvo los créditos para personal) y en su régimen de control (existe una comisión interna de control y su control financiero es permanente y por auditoría).
  • Financiación. Mayor capacidad de generar ingresos: los recibidos por la prestación de sus servicios y la posibilidad de obtener ingresos por patrocinio.
  • Participación de otras Administraciones. El modelo de regulación que se prevé para las Agencias Estatales es un modelo abierto que posibilita dar entrada a las Comunidades Autónomas en las Agencias, en los términos y condiciones que se establezcan en sus Estatutos.
  • Sustitución de Organismos existentes. Las Agencias Estatales no van a ser, sin más, un nuevo tipo de Organismo Público, sino la fórmula organizativa hacia la que, progresivamente, se van a reconducir aquellos Organismos públicos existentes en la actualidad, cuya actividad y funciones se ajusten al concepto de Agencia Estatal.
  • Órganos de Gobierno. Las características de los máximos órganos de gobierno -Consejo Rector y Presidente-, y ejecutivos –Director- resaltan la importancia que se quiere dar a los mecanismos de control que han de implementarse en las Agencias Estatales, con la institucionalización de una Comisión de Control como órgano especializado del Consejo Rector para asegurar el correcto desarrollo de las funciones de la Agencia y la consecución de los objetivos que tenga asignados.
  • Mecanismos de creación de las Agencias Estatales: El proyecto de ley establece que la creación de las Agencias requiere autorización por ley que determine su objeto, si bien su puesta en funcionamiento efectivo se llevará a cabo mediante Real Decreto, a propuesta conjunta de los Ministerios de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda.
Nuevas Agencias El proyecto de ley hoy aprobado crea las siguientes nueve agencias:
  • Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios
  • BOE
  • Investigación Científica
  • Inmigración y Emigración
  • Seguridad del Transporte y la Navegación Aérea
  • Artes Escénicas y Musicales
  • Meteorología
  • Cooperación Internacional
  • Investigación en Biomedicina y Ciencias de la Salud
Agencia de Evaluación de la Calidad Una de los organismos que el Gobierno ha autorizado hoy para su creación es la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, destinada a la promoción y realización de evaluaciones de las políticas y programas públicos, favoreciendo el uso racional de los recursos públicos y el impulso de a gestión de la calidad de los servicios. El Gobierno encargará a esta Agencia cada año el análisis de las políticas públicas que considere necesario evaluar. Esta agencia remitirá anualmente un informe al Congreso de los Diputados, acerca de la actividad desplegada por las Agencias Públicas y sus compromisos para mejorar la calidad de los servicios prestados a los ciudadanos.