El Consejo de Ministros aprueba la modificación del Plan Rector de Uso y Gestión de las Islas Medes y autoriza al Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamientos de Teatros de Barcelona a destinar sus remanentes de tesorería del 2016 a los teatros de la ciudad

El Consejo de Ministros aprueba la modificación del Plan Rector de Uso y Gestión de las Islas Medes y autoriza al Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamientos de Teatros de Barcelona a destinar sus remanentes de tesorería del 2016 a los teatros de la ciudad

24/11/2017

El delegado del Gobierno en Cataluña, Enric Millo, ha informado hoy de los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros al amparo del artículo 155 de la Constitución, entre los que destacan los siguientes:

1.- Modificación del Plan Rector de Uso y Gestión de las Islas Medes

El Consejo de Ministros, dentro de la competencia actual del Gobierno sobre la gestión de la Comunidad Autónoma de Catalunya según el Real Decreto 944/2017, ha aprobado hoy un acuerdo por el que se modifica el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del área protegida de las Islas Medes, aprobado por el Decreto 222/2008, de 11 de noviembre, así como establecer las reglas de aplicación durante su vigencia transitoria y la creación del Consejo Científico del Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Baix Ter (Girona).

El objetivo de esta decisión es establecer un sistema de regulación de las inmersiones que permita determinar las capacidades de carga en lo que respecta a la actividad de buceo con escafandra autónoma (máximo de inmersiones), con el fin de evitar que esta actividad suponga un impacto negativo sobre las comunidades biológicas marinas, y por tanto contribuir a su conservación y/o recuperación.

Asimismo, se trata de mejorar la actitud y la cualidad de la práctica del buceo con escafandra autónoma para que las inmersiones de los usuarios disminuyan al máximo los impactos por golpes sobre el fondo marino y las comunidades biológicas, y facilitar a las empresas que gestionan esta actividad de inmersión atender a todos los usuarios que quieren visitar y disfrutar del fondo submarino.

También se aprueba la creación del Consejo Científico del Parque Natural como órgano colaborador en la gestión del parque, entre cuyas funciones está la de proponer actuaciones relacionadas con el conocimiento de este espacio natural.

2.- Rehabilitación y dotación de equipamientos de teatros de Barcelona

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, un Acuerdo por el que se autoriza al Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamientos de Teatros de Barcelona a destinar  los remanentes de tesorería no afectados que presenta el Consorcio a 31 de diciembre de 2016. Esta autorización es para hacer frente al aumento de las solicitudes de subvenciones de la convocatoria 2017 para la rehabilitación y la dotación de equipamientos de teatros de Barcelona.

Este Acuerdo se ha presentado para su aprobación por el Consejo de Ministros, de conformidad con el Real Decreto regulador de los órganos y autoridades encargados de cumplir las medidas autorizadas por el Senado cuando aprobó, el pasado mes de octubre, las medidas requeridas por el Gobierno al amparo del artículo 155 de la Constitución.

El Consorcio del Plan de Rehabilitación de Equipamientos de Teatros de Barcelona presentaba un remanente de tesorería no afectado al término de 2016 de 163.786,30 euros, en la parte que le corresponde a la Generalitat de Cataluña.

Este Consorcio es una entidad participada por la Administración General del Estado y tiene entre sus finalidades la de gestionar las acciones relacionadas con la rehabilitación y equipamiento de los edificios y locales destinados a la actividad teatral en el municipio de Barcelona.

3.- Autorizado el Ayuntamiento de Barcelona para celebrar el contrato durante diez años del servicio de transporte mediante biciletas compartidas

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ayuntamiento de Barcelona a celebrar el contrato de servicios de implantación, mantenimiento y gestión del servicio de transporte mediante bicicletas compartidas (bicing 2.0), con una duración de diez años, con posibilidad de prórroga por mutuo acuerdo de las partes hasta un máximo de cinco años.

Según se estipula en la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos de servicios no pueden tener un plazo de vigencia superior a cuatro años, si bien se puede prever en el mismo contrato su prórroga por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años. La celebración de contratos de servicios de duración superior puede ser autorizada excepcionalmente por el Consejo de Ministros para contratos determinados, o de forma genérica para determinadas categorías.

La solicitud del Ayuntamiento de Barcelona para celebrar el contrato se considera justificada por razones de interés público, teniendo en cuenta que el contrato se refiere a un servicio de transporte público de gran importancia para la movilidad en la ciudad y la necesidad de la duración está debidamente justificada en el expediente.

(Se adjunta referencia del Consejo de Ministros donde se informa de estos y otros acuerdos adoptados hoy en relación a Cataluña)