Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de septiembre de 2023

MEDIDAS ADOPTADAS

Acuerdo por el que se declara "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" el territorio afectado como consecuencia de diversos incendios forestales, inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 20 de agosto de 2022 y el 08 de junio de 2023, en las en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco, así como la ciudad de Ceuta.

A fin de paliar los daños personales y materiales producidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, se adoptarán las medidas a las que se refieren los apartados siguientes.

Cuarto. Daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular.

A los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el apartado primero de este acuerdo que ejecuten los ayuntamientos, los cabildos y consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, de los cabildos y consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, se les aplicará la tramitación de urgencia, cumpliendo los requisitos del artículo 119 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y se les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste, excluidos de estas ayudas los trabajos llevados a cabo con medios propios no personificados de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES

  • Resolución de 22 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Política Territorial, que aprueba la convocatoria de las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de septiembre de 2023, que declara Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil el territorio afectado como consecuencia de diferentes episodios de incendios forestales. Publicada en extracto en BOE del día 25-3-2024.
  • Las solicitudes, una por obra, se formularán por las entidades ejecutoras de los proyectos comprendidos en el ámbito de aplicación de la convocatoria, desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, hasta las 15:00 horas del día 25 de abril de 2024. Obligatoriamente se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica, a través de la aplicación informática "AURA - Subvenciones a EELL ante catástrofes naturales", accesible desde la SEDE ELECTRÓNICA del Ministerio de Política Territorial  y Memoria Democrática https://sede.administracionespublicas.gob.es/ (Procedimientos - Subvenciones), seleccionando el apartado dedicado a esta convocatoria. Para ello, es preciso que los representantes legales de dichas entidades cumplan con los requisitos técnicos especificados en la mencionada aplicación.

NOTA INFORMATIVA

Puede descargar una nota informativa relevante para la preparación de las solicitudes y el procedimiento que siguen las ayudas.

INFORMACIÓN SOBRE ACCESO A LA APLICACIÓN

Para acceder a AURA en la SEDE ELECTRÓNICA deberá figurar como usuario activo en Autentic@. Los alcaldes y habilitados cuentan automáticamente con usuario en Autentica si figuran en la base de datos de alcaldes y concejales, o en el registro integrado de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional

Para poder dar de alta otros usuarios de la propia entidad local o gestionar sus permisos para AURA, se deberá acceder a Autentica con el certificado de representante de la entidad local (Certificado Jurídico), y seguir las instrucciones de la guía de acceso presente en la sede electrónica.

FORMULARIO DE INCIDENCIAS

Ante incidencias con Aura se dispone de un formulario en la sede electrónica.

IMAGEN INSTITUCIONAL (MEDIDAS DE PUBLICIDAD)

Información práctica sobre imagen institucional para la mención de la financiación de las obras por parte de la Administración General del Estado dentro de la publicidad y comunicación.